Existen dos regímenes de pensiones en Colombia: Público y privado, y tres tipos de pensiones: Vejez, sobreviviente y muerte.

La pensión es una prestación económica que recibe una persona por vejez, invalidez o muerte, garantizando con esta el mínimo vital para su subsistencia. Lo recibido dependerá del monto de los aportes realizados al régimen (o fondo) escogido, el cual podrá ser:

  1. Régimen de Prima Media con prestación definida (Fondo Público COLPENSIONES).
  2. Régimen de Ahorro Individual Con Solidaridad (RAIS) (Fondos Privados: Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia, ING, etc.)

Según el régimen escogido existen unos requisitos para acceder a laspensiones, las cuales podrán ser:

  • Pensión de Vejez: Es el resultado del ahorro acumulado durante la etapa productiva o vida laboral del afiliado, reconocida una vez cumpla los requisitos de cada régimen.
  •  Pensión de Invalidez: Es un auxilio económico que garantiza una asignación mensual, cuando se pierde el 50% o más de la capacidad para trabajar, por cualquier causa común diferente a una enfermedad o accidente laboral.
  • Pensión de Sobrevivencia: Es aquella mesada mensual que beneficia al cónyuge o herederos del afiliado en caso de su fallecimiento por razones de origen común y no laboral.

Así, el Sistema General de Pensiones que está regulado por la ley 100 de 1993 tiene una amplia cobertura para proteger a los afiliados por medio de las prestaciones económicas generadas una vez se les imposibilite trabajar o subsistir por sus propios medios.

Nuestros servicios legales están orientados a: Reclamar pensión (vejez, invalidez y muerte), Reliquidación pensional, Indemnización sustitutiva (devolución de saldos), Recuperación de bonos pensionales, Orientación en selección y traslado de régimen pensional, Trámites de reclamación de incapacidades, Tramites ante la UGPP.